martes, 6 de abril de 2010

Superintendencia de Bancos aclara caso Baldera


La Superintendencia de Bancos informó que no ha emitido ninguna opinión, comunicado o declaración pública relacionada con el supuesto sometimiento a la acción de la Justicia del señor Francisco Eduardo Baldera por supuesto Lavado de Activos como publicaran algunos medios de comunicación.

La entidad supervisora manifestó que solo existe un Procedimiento Administrativo Sancionador en contra de Baldera Gómez por la realización de intermediación cambiaria sin contar con la debida autorización de la Administración Monetaria y Financiera a través del denominado Agente de Cambio Baldera, S. A. ubicado en la ciudad de Nagua, en violación a las disposiciones de la Ley Monetaria y Financiera 183-02 de fecha 21 de noviembre del año 2002; del Reglamento de Sanciones y del Reglamento Cambiario, ambos dictados por la Junta Monetaria


La competencia de la Superintendencia de Bancos se limita a imponer sanciones administrativas de carácter económico e inhabilitar a los procesados para formar parte de un Consejo de Administración de entidades de intermediación financiera o cambiaria y la suspensión provisional de actividades y servicios tal como se hizo en el mes de noviembre del año 2009 en contra del referido Agente de Cambio Baldera, S. A.
La Superintendencia de Bancos aclaró que el señor Francisco Eduardo Baldera aun goza del plazo procesal para realizar su escrito, alegatos y medios de defensa con relación al Pliego Complementario de Cargos que le fuere notificado en adición al que ya se había realizado a la entidad; razón por la cual, tan pronto concluya el proceso de aporte de pruebas y documentos de descargo, la entidad procederá a emitir una Decisión Administrativa conteniendo la sanción definitiva o el descargo correspondiente tanto a favor o en perjuicio de la sociedad Agente de Cambio Baldera S.A como del señor Francisco Eduardo Baldera.


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